A efectos de que IBERCLEAR desarrolle las tareas que le corresponden respecto a AIAF Mercado de Renta Fija, se utilizan los mismos principios y se aplican los mismos procedimientos técnicos que se aplican a la Deuda Pública Anotada, con las adaptaciones necesarias para permitir el tratamiento de la renta fija privada.
Depósito de títulos incluidos en el sistema
Cuando los valores están representados mediante títulos físicos, Iberclear contrata la custodia y administración de los títulos de cada emisión con alguna institución financiera con la experiencia y los sistemas de seguridad necesarios para desarrollar esta labor, de forma que los títulos permanecen inmovilizados en dicha entidad a nombre de Iberclear pero por cuenta y en interés de quien resulte en cada momento titular de los valores.
La Entidad Depositaria de una emisión ha de desarrollar todas las funciones propias de la administración y custodia de los títulos, tales como: comunicar a Iberclear el depósito de los títulos en sus cajas; gestionar, previa provisión de fondos, el pago de cupones, amortizaciones anticipadas, amortizaciones del principal y vencimientos finales a las Entidades Adheridas, según la documentación suministrada puntualmente por Iberclear; y finalmente atender las exclusiones de títulos del sistema, de acuerdo con las instrucciones que reciban de Iberclear.
Los titulares de los valores tendrán derecho a excluirlos del sistema, obteniendo en cualquier momento un número de valores igual al de aquéllos que figuren a su nombre en las cuentas mantenidas por las Entidades Adheridas. La constitución de prenda sobre valores incluidos en el Sistema requerirá su previa exclusión del mismo.
Inclusión y exclusión de títulos
La entidad que desee incluir títulos en el sistema deberá comunicárselo a Iberclear identificando las numeraciones de los títulos que se van a incluir. Iberclear incluirá los valores en el sistema una vez haya recibido de la Entidad Depositaria la confirmación de la recepción de los títulos.
La exclusión de títulos del sistema podrá realizarse a petición del titular, por inmovilización de valores o porque sobre ellos se constituya una prenda. De esta forma, la entidad que desee excluir valores del sistema deberá comunicárselo a Iberclear quien, tras verificar la suficiencia de saldo para esta operación, procederá a comunicar a la entidad solicitante la relación de numeraciones que deberá recoger en el domicilio de la Entidad Depositaria.
Inclusión y exclusión de valores extranjeros
La inclusión y exclusión de valores extranjeros podrá realizarse con la participación de una Entidad de Enlace que representará al emisor frente a Iberclear, llevará el control total de los valores incluidos y mantendrá la debida coordinación con la entidad custodia que garantice en el extranjero la existencia e inmovilización de los valores que figuren en el registro a cargo de Iberclear.
La entidad que desee incluir valores extranjeros deberá solicitarlo al sistema, quien quedará a la espera de recibir la confirmación de la Entidad de Enlace para hacer efectiva dicha inclusión.
De igual modo, la entidad que desee excluir valores del sistema deberá solicitarlo al sistema, quien tras confirmar la existencia de saldo suficiente, los excluirá una vez haya recibido la conformidad de la Entidad de Enlace.