El aumento de las necesidades de financiación del Estado condujo a la creación en 1987, de un mercado de deuda pública cuyo organismo rector es el Banco de España y cuya característica más innovadora fue la desmaterialización de los títulos valores tradicionales, sustituyendo el soporte físico por anotaciones contables.
Los instrumentos que se negocian en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, pueden agruparse de la siguiente manera:
Letras del Tesoro, emitidas a descuento por el Tesoro español, con vencimientos a 3, 6, 12 y 18 meses.
Bonos del Estado, emitidos por el Tesoro a un tipo de interés fijo, en forma de títulos al portador con vencimientos a 3 y 5 años.
Obligaciones del Estado, que tienen las mismas características que los bonos y sólo se diferencian en el plazo de vencimiento a 10, 15 ó 30 años.
Deuda pública emitida por las Comunidades Autónomas, otras empresas e instituciones públicas y organismos internacionales a los que pertenece España, así como los valores emitidos por el Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales.
Bonos segregables con vencimiento a 3, 5, 10, 15 y 30 años, que pueden segregarse en principal e intereses (cupones), y negociarse por separado.
El Mercado de Deuda Pública en anotaciones es un mercado descentralizado con información centralizada. Los valores admitidos a negociación pueden ser objeto de contratación en alguno de los siguientes ámbitos:
Contratación bilateral, directamente o a través de brokers, por parte de los Titulares de Cuenta, actuando éstos en nombre propio o por cuenta de terceros (este ámbito de contratación es conocido como "segundo escalón").
En el sistema de contratación electrónica de la Bolsa de Madrid.
Mediante la negociación directa entre los terceros con las entidades financieras, lo que se conoce como el "segmento minorista".
En las siguientes plataformas de contratación electrónica :
- SENAF
- EuroMTS
- MTSEspaña
- BrokerTec
La Ley del Mercado de Valores de 1988 asignó a la Central de Anotaciones (CADE) la llevanza del Registro Central de los valores admitidos a negociación en el Mercado de Deuda Pública y la gestión de la compensación y liquidación de las operaciones que en él se realicen.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, la creación de IBERCLEAR supone la asunción efectiva de todas las funciones de registro, compensación y liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones en Cuenta.